Silencio que aturde

Escribe: Prof. Luis Alberto «Tochi» Moreno
Con distintos fundamentos en cada caso, el Senado Nacional rechazó la designación de los Dres. Lijo y García Mansilla, como miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tras ello se especuló y mucho, en cuanto a si García Mansilla continuaría como integrante en comisión hasta noviembre en virtud al decreto presidencial que así lo designó.
Esta posibilidad motivó una fuerte postura de un numeroso número de destacados profesionales del derecho que se identificaron como “profesores, docentes e integrantes del ámbito académico – jurídico de todo el país…” solicitándole a García Mansilla que renuncie a su cargo a raíz del fuerte rechazo a su candidatura.
Entienden los firmantes que la eventual continuidad de García Mansilla en la Corte Suprema, marcaría una situación por fuera del derecho vigente en Argentina y de espaldas a lo que se enseña en las universidades, diciendo: “No estamos dispuestos a aceptar que la enseñanza del derecho se convierta en nuestro país en un relato de ficción.”
Afirmación clara y categórica, que no muestra fisuras dado el prestigio docente y profesional de los firmantes, que pertenecen a distintas corrientes del pensamiento político nacional.
Finalmente, el Dr. García Mansilla renunció a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
No puedo dejar de vincular esos dichos, con lo que estamos soportando en San Luis en cuanto a la violación del mandato constitucional y legal e insistir, una vez más, en reclamar la plena vigencia las instituciones republicanas en San Luis.
Nuestra realidad.
Llevo ya mucho dicho y escrito, desde 2007, acerca de cómo el gobierno provincial en los mandatos de Alberto Rodríguez Saá y Claudio Poggi, no cumple con el Art 250 de nuestra Constitución que otorga a las localidades que tengan entre 801 y 1500 habitantes censados un gobierno municipal ejercido por una Comisión Municipal de cuatro miembros. Por lo cual y de acuerdo al Censo Nacional de 2020, Anchorena, Arizona, Fortuna, Balde, Beazley, Nogolí, Villa de la Quebrada, Fraga, Villa del Carmen y Los Molles; deben tener esa forma de gobierno municipal
A su vez, el Art. 257 fija la cantidad de concejales que deben tener los municipios, también según su población censada. Lo que no ocurre en varias localidades provinciales.
El mandato constitucional está reglamentado por la ley XII-0349-2004, cuyo Artículo 4° expresa: “El Poder Ejecutivo determinará después de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisión o Comisionado.”
Desde que se sancionó esa ley, ningún gobierno provincial cumplió con este artículo. Solo y por iniciativa de diputados del radicalismo, se logró por ley que Potrero de los Funes, El Volcán, El Trapiche y Carpintería, se conviertan en municipios con concejo deliberante.
A mi criterio es mucho más que incumplimiento de los deberes de funcionario público. Es un delito contra la institucionalidad republicana y democrática.
Esta inconstitucionalidad la expresé en notas periodísticas, en denuncias ante la justicia, en cartas documentos y notas a Rodríguez Saá, Poggi y algunos de sus ministros. Nunca nadie señaló que mi reclamo es injustificado o erróneo. Solo silencio y de parte de miembros del Superior Tribunal de Justicia entre 2007 y 2011, excusas a través de sentencias que además, fueron contradictorias en el caso de los ex jueces Zavala Rodríguez y Novillo.
Me pregunto
Releyendo lo expresado por los juristas y docentes en relación a lo ocurrido en el Senado nacional y frente a la inconstitucionalidad en San Luis, me permito interpelar, amable pero firmemente:
- ¿El Consejo Superior de la UN de San Luis que tantas veces se ha expedido ante situaciones de importancia o gravedad en el país, no tiene nada que decir ante esto?
- ¿El Consejo Directivo de la Fac de Cs. Económicas, Jurídicas y Sociales de la UN de San Luis y los profesores de su carrera de Abogacía, no tienen nada que decir, nada que ejemplificar a sus alumnos?
- ¿Los docentes de la carrera Prof. de Educación Secundaria en Ciencia Política del Instituto de Formación Docente Continua de San Luis, no hablan de esta realidad provincial?
- ¿Los docentes específicos del nivel secundario, tampoco pueden hablar del tema?
- ¿Los miembros de la Justicia Provincial tampoco pueden decir o actuar ante esta violación y su consecuencia en los derechos civiles de tanta ciudadanía provincial?
- ¿Los colegios de abogados o simplemente algún grupo de ellos, nada tienen que decir en defensa de la vida republicana con democracia?
- ¿La dirigencia y militancia política no saben de esto, no les interesa dar ejemplo de exigir plena vigencia de la constitución y sus leyes?
- ¿El periodismo nacional y provincial, siempre encontrará noticias y chismes que sean más importantes que la violación de la constitución?
- ¿Qué les pasa a todos, no conocen la constitución y leyes reglamentarias, no les interesa, les conviene que así sea o tienen miedo?
Demasiadas preguntas sin respuesta desde hace años.
Demasiada ignorancia del Artículo 63 de nuestra Constitución: “En ningún caso y por ningún motivo o pretexto, las autoridades de la Provincia pueden suspender la observancia de esta Constitución, ni la de la Nación o la efectividad de las garantías establecidas.”
Finalmente
Aturde el silencio generalizado ante este escándalo constitucional nuestro. Aturde, duele y enoja.
Si una cadena es tan fuerte como el más débil de sus eslabones; digo que la vida republicana argentina, tiene la debilidad republicana que vivimos en San Luis.
Si los que saben, pueden y deben, ignoran, tapan oídos, sellan labios y cruzan brazos, estarán enseñando a todos y en especial a las jóvenes generaciones, que la Constitución y sus leyes pueden ser manoseadas y pisoteadas al antojo y conveniencia del autoritarismo de turno en el gobierno.