{"id":10430,"date":"2025-07-21T09:44:57","date_gmt":"2025-07-21T12:44:57","guid":{"rendered":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/?p=10430"},"modified":"2025-07-21T09:45:04","modified_gmt":"2025-07-21T12:45:04","slug":"igual-o-peor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/igual-o-peor\/","title":{"rendered":"Igual o peor"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right\">Escribe Alberto \u00abTochi\u00bb Moreno<\/p>\n\n\n\n<p>Desde 2007&nbsp; vengo denunciando los gobiernos provinciales no cumplen con otorgar y garantizar a varias localidades sanluise\u00f1as el tipo de gobierno municipal y cantidad de concejales que les corresponden a cada una.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuestiones que est\u00e1n determinadas en el Cap\u00edtulo XXVI REGIMEN MUNICIPAL de nuestra Constituci\u00f3n Provincial&nbsp; y reglamentadas por la Ley XII-0349-2004. Las formas de gobierno municipal son cuatro: Delegaci\u00f3n Municipal, Intendente Comisionado, Comisi\u00f3n Municipal y Municipalidad con Concejo Deliberante.&nbsp; Todo conforme la poblaci\u00f3n censada; lo mismo que la cantidad de concejales cuando corresponde.<\/p>\n\n\n\n<p>Para lo cual el art\u00edculo&nbsp; 4\u00b0 de la citada ley expresa: \u201cEl Poder Ejecutivo determinar\u00e1 despu\u00e9s de cada censo, los nuevos lugares donde corresponda Municipalidad, Comisi\u00f3n o Comisionado.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, cumplidos los censos de 2000, 2010 y 2022, ning\u00fan gobernador cumpli\u00f3 con este art\u00edculo, por consiguiente se convoca a elecciones municipales sin cumplir con la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Ya me referido en muchas ocasiones a lo ocurrido anteriormente&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.tochimoreno.com.ar\/igual-o-peor\/#_ftn1\">[1]<\/a>, hoy me refiero solo a lo m\u00e1s reciente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>1* Nota al Ministro Endeiza.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El 24 de junio de 2024, junto con el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz por el Expte 7240760\/24 &nbsp;le recordamos al entonces Ministro de Gobierno Endeiza, la obligaci\u00f3n de cumplir con el Art 4\u00b0 de la ley de R\u00e9gimen Municipal. Adem\u00e1s, con los datos oficiales &nbsp;del censo 2022, detallamos el tipo de gobierno y cantidad de concejales que deb\u00eda tener cada localidad. D\u00edas despu\u00e9s, en una audiencia el ministro Endeiza expres\u00f3 que estaba al tanto del tema por indicaci\u00f3n del Director de Asuntos Municipales CPN Amondarain y que coincid\u00eda en un todo con lo expresado en la nota mencionada.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2* Convocatoria Electoral<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El 30 de diciembre de 2024 se emiti\u00f3 el decreto 14010-MG-2024 convocando a elecciones para el 11 de mayo pasado. Con las firmas del Gobernador Poggi y del Ministro de Gobierno Amondara\u00edn, quien reemplaz\u00f3 a Endeiza. Desagradable sorpresa al conocerla, ya que pese a los dichos de Endeiza, la convocatoria en lo municipal continuaba con la violaci\u00f3n de la manda constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3* Los incumplimientos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar, el Poder Ejecutivo, Gobernador Poggi, no cumpli\u00f3 con el art 4\u00b0ya citado. De ah\u00ed que Nogol\u00ed y Beazley eligieron Intendente Comisionado en lugar de la Comisi\u00f3n Vecinal que les corresponde. Y se mantienen los siguientes errores en cuanto a cantidad de concejales:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Candelaria, El Volc\u00e1n, El Trapiche, Luj\u00e1n, Buena Esperanza, Uni\u00f3n y Naschel, siguen con cuatro concejales cuando les corresponde cinco.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Concar\u00e1n, Tilisarao y Santa Rosa del Conlara contin\u00faan con cinco concejales, cuando les corresponden siete.<\/li>\n\n\n\n<li>La Toma y Quines siguen con siete concejales en lugar de los nueve que deben tener.<\/li>\n\n\n\n<li>Juana Koslay sigue con nueve concejales cuando debe tener diez.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>4* Destacable<\/strong>  <\/p>\n\n\n\n<p>Desde los Concejos Deliberantes de La Punta y Potrero de los Funes, surgieron peticiones &nbsp;para que el gobierno convocara a elegir concejales adecu\u00e1ndose a la Constituci\u00f3n. As\u00ed La Punta eligi\u00f3 cinco concejales en este a\u00f1o y har\u00e1 lo mismo en&nbsp; 2027 completando los diez que les corresponde. Potrero de los Funes eligi\u00f3 tres este a\u00f1o, llegando as\u00ed a los cinco que le son propios.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue por iniciativa de los concejales, no por el cumplimiento de la obligaci\u00f3n del Poder Ejecutivo Provincial, que no dio explicaci\u00f3n alguna.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4* Silencio generalizado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Es lamentable el silencio que existe en cuanto este tema. Autoridades, legisladores, toda la dirigencia pol\u00edtica est\u00e1n obligados a conocer el marco constitucional y la legislaci\u00f3n que reglamentan sus tareas. &nbsp;Se viola la constituci\u00f3n, se atenta contra la rep\u00fablica, se pisotea a la autonom\u00eda municipal y los derechos civiles de muchos sanluise\u00f1os. \u00bfPor qu\u00e9 no hay m\u00e1s reacciones? Es una mezcla de ignorancia, autoritarismo, miedo e indiferencia .<\/p>\n\n\n\n<p>Rescato la sanci\u00f3n de la ley XII.966-2017&nbsp; propiciada por legisladores del radicalismo que lograron que El Trapiche, Potrero de los Funes, El Volc\u00e1n y Carpinter\u00eda sean ya Municipios. Pero esta ley no incluy\u00f3 a las Comisiones Municipales, ni tampoco la cantidad correcta de concejales. Cosas, quiz\u00e1s, propias de la negociaci\u00f3n parlamentaria; como si cumplir con la constituci\u00f3n sea un tema negociable.<\/p>\n\n\n\n<p>Tampoco los medios de comunicaci\u00f3n le han dado a esta inconstitucionalidad la importancia que tiene. Digo esto, porque entiendo que este tema no es noticia pasajera, &nbsp;sino para una campa\u00f1a persistente que lleve a que las autoridades respeten cabalmente las instituciones republicanas con democracia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5* Pedido de Informaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ante esta convocatoria irregular, y amparados en la Ley V-0924-2015 ACCESO A LA INFORMACI\u00d3N P\u00daBLICA, con el Esc. Eduardo G. Mones Ruiz iniciamos el 17 de febrero pasado, el Expte 21070390\/25 dirigido al Gobernador Poggi, pidiendo conocer \u201c\u2026las razones o los fundamentos legales que sostienen una convocatoria como la del decreto 14010\/24, incumpliendo, violando la Constituci\u00f3n y la Ley de R\u00e9gimen Municipal\u201d y con iron\u00eda agregamos: &nbsp;\u201dHay acaso alguna legislaci\u00f3n secreta &nbsp;que le permite al gobernador y su equipo a dejar de lado la Constituci\u00f3n y la ley\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El Gobernador tuvo un plazo legal de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles para responder un pedido as\u00ed. No lo cumpli\u00f3. Tras varias consultas se nos inform\u00f3 que el expediente fue girado a Asesor\u00eda Legal del Ministerio de Gobierno. All\u00ed, el 17 de marzo, el Abogado Laborda Claverie, respondi\u00f3 diciendo que el d\u00eda 20 de ese mes dar\u00eda la respuesta.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin novedades, el 25 de marzo por Expte.7240760\/25, con referencia al Expte 2170390\/25; con el Esc. Mones Ruiz nos dirigimos nuevamente al Gobernador Poggi para reclamar por su falta de respuesta, record\u00e1ndole que la Ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica en su art. 10 define como grave la falta de respuesta, pasible de sanciones seg\u00fan los C\u00f3digos Penal y Civil de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen de Laborda Claverie, si bien fechado el 20 de marzo, reci\u00e9n nos fue enviado por correo electr\u00f3nico el 3 de julio. Una respuesta que deb\u00eda darse en diez d\u00edas h\u00e1biles lleg\u00f3 casi cuatro meses m\u00e1s tarde. &nbsp;Ni el gobernador, ni el ministro, ni el asesor intentaron una disculpa o justificaci\u00f3n por esa demora<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6* La respuesta del Asesor Legal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Debo recordar que los expedientes citados, uno al ex Ministro Endeiza y luego dos al Gobernador, se refieren a autoridades y legisladores municipales. Los dos expedientes enviados al gobernador citan los anteriores, para que quienes deban responder conozcan todo el historial.&nbsp; Record\u00e1ndosele al Gobernador su juramento en cuanto a cumplir y hacer cumplir la Constituci\u00f3n y las leyes y tambi\u00e9n, el art. 63 de nuestra Constituci\u00f3n que dice \u201cEn ning\u00fan caso y por ning\u00fan motivo o pretexto, las autoridades de la provincia pueden suspender la observancia de esta Constituci\u00f3n, ni la de la Naci\u00f3n o la efectividad de las garant\u00edas establecidas.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen del asesor no se responde al tema que nos ocupa. Cita a la Constituci\u00f3n Provincial en los cap\u00edtulos referidos a C\u00e1mara de Diputados, C\u00e1mara&nbsp; de Senadores y R\u00e9gimen Electoral. Cita tambi\u00e9n las leyes Electoral Provincial, de Actualizaci\u00f3n del Sistema Electoral, de Paridad de G\u00e9neros en \u00e1mbitos de representaci\u00f3n pol\u00edtica y de Procedimientos Administrativos. Ninguno de esos textos constitucionales y legales se refiere espec\u00edficamente a lo requerido.<\/p>\n\n\n\n<p>Nada dice el asesor del Cap\u00edtulo XXVI de la Constituci\u00f3n que ordena lo municipal, nada dice de la Ley de R\u00e9gimen Municipal; \u00fanico tema de las presentaciones que deb\u00eda dictaminar.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfSer\u00e1 que no le enviaron todo el historial o que no lo ley\u00f3? Elude cuidadosamente el tema espec\u00edfico. Lo que entiendo surge de la imposibilidad de explicar o fundamentar el incumplimiento de la manda constitucional, buscando desviar la atenci\u00f3n y as\u00ed \u201csalvar\u201d al gobernador Poggi, al ministro Amondarain y a todos los que intervinieron en la promulgaci\u00f3n del decreto 14010-MG-2024; de las responsabilidades que les son propias. Nada dice del Art. 63 de la constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7* La continuidad<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta cuesti\u00f3n y mis reclamos llevan ya a\u00f1os. Nunca nadie (gobernadores, ministros, jueces, intendentes, concejales, legisladores provinciales, dirigentes pol\u00edticos oficialistas u opositores) dijo que estoy equivocado. &nbsp;Nunca nadie inici\u00f3 acci\u00f3n alguna contra mis afirmaciones. Las respuestas han sido mayormente de silencio, contradictorias o con lamentables evasivas.<\/p>\n\n\n\n<p>No estamos ante una cuesti\u00f3n menor, se destruyen el republicanismo, la vida democr\u00e1tica y los derechos civiles. &nbsp;Y se evidencia con claridad la formaci\u00f3n pol\u00edtica del gobernador y de muchos de su equipo, en la escuela feudal y autoritaria de los hermanos Rodr\u00edguez Sa\u00e1. Hay quienes creen estar por encima del marco legal. &nbsp;Igual que antes, pero peor porque hoy se alardea de republicanismo y democracia.<\/p>\n\n\n\n<p>Como se dice en El Gatopardo, \u201ces necesario que todo cambie, para que todo siga igual\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>SAN LUIS. Julio 14 de 2025<\/strong><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.tochimoreno.com.ar\/igual-o-peor\/#_ftnref1\">[1]<\/a>&nbsp;En esta web pueden encontrar mucha m\u00e1s informaci\u00f3n dl tema.&nbsp; \/\/www.tochimoreno.com.ar\/category\/elecciones-municipales\/<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Escribe Alberto \u00abTochi\u00bb Moreno Desde 2007&nbsp; vengo denunciando los gobiernos provinciales no cumplen con otorgar y garantizar a varias localidades sanluise\u00f1as el tipo de gobierno municipal y cantidad de concejales que les corresponden a cada una. 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