{"id":2846,"date":"2024-12-03T10:42:42","date_gmt":"2024-12-03T13:42:42","guid":{"rendered":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/?p=2846"},"modified":"2024-12-03T11:12:07","modified_gmt":"2024-12-03T14:12:07","slug":"lapidario-analisis-del-dnu-de-milei-en-relacion-a-lo-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/lapidario-analisis-del-dnu-de-milei-en-relacion-a-lo-laboral\/","title":{"rendered":"Lapidario an\u00e1lisis del DNU de Milei en relaci\u00f3n a lo laboral"},"content":{"rendered":"<p>Calle\u00a0Angosta tuvo acceso a un pormenorizado an\u00e1lisis realizado por profesionales del derecho laboral encargado por la Federaci\u00f3n de Sindicatos de Trabajadores de la Industria Qu\u00edmica y Petroqu\u00edmica de la Rep\u00fablica Argentina (FESTIQyPRA).\u00a0Los especialistas desmenuzaron el regresivo texto de presidencia y explicitan las consecuencias que\u00a0traer\u00eda la aplicaci\u00f3n y en el que no se vislumbran beneficios concretos para\u00a0los trabajadores, sino todo lo contrario.\u00a0<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Mientras crecen los cuestionamientos sobre la constitucionalidad del DNU anunciado por cadena nacional el pasado mi\u00e9rcoles 20 de diciembre y avanzan por carriles paralelos las protestas sociales con formato de cacerolazos y los amparos en sedes judiciales, el an\u00e1lisis del texto en cuesti\u00f3n permite conocer la magnitud del ataque que se pretende infringir al pueblo trabajador.\u00a0La propuesta de la administraci\u00f3n parece haber sido dictada al o\u00eddo por los propios empresarios; todas las medidas les liberan de obligaciones a los grandes empleadores y desampara a\u00fan m\u00e1s a empleados y obreros al punto de volver a\u00a0propiciar el \u00abtrabajo en negro\u00bb, sin regulaciones, ni protecciones, ni derechos de ninguna naturaleza.\u00a0<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"images\/2023\/diciembre\/no_al_dnu.jpeg\" alt=\"\" \/><\/p>\n<h3><span>DECRETO 70\/2023 MODIFICACIONES EN MATERIA DE DERECHO INDIVIDUAL Y COLECTIVO DEL TRABAJO<\/span><\/h3>\n<ol>\n<li>Se derogaron las normas que sancionaban el trabajo no registrado (\u201cen negro\u201d), por lo que las empresas podr\u00e1n contratar trabajadores monotributistas, bajo cualquier otra forma no laboral o sin registraci\u00f3n alguna, sin sanciones particulares por tal accionar.<\/li>\n<li>Se derogan las normas que multan la falta de pago en t\u00e9rmino de las\u00a0indemnizaciones.<\/li>\n<li>Se derog\u00f3 la ley 25345, por lo que no existe sanci\u00f3n a la retenci\u00f3n indebida de aportes, como tambi\u00e9n se elimin\u00f3 la multa por falta de entrega de certificados de trabajo.<\/li>\n<li>Se modifica el art. 2 de la LCT disponiendo que la misma no resulta aplicable a las contrataciones de obra, servicios, agencia y todas las reguladas por el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n.<\/li>\n<li>Se limita la interpretaci\u00f3n m\u00e1s favorable al trabajador de norma o pruebas.<\/li>\n<li>Se restringe la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador, ya que no se incluyen los que nacen del contrato individual del trabajo, que podr\u00edan ser renunciados o negociados.<\/li>\n<li>Se limita la presunci\u00f3n relativa a que la prestaci\u00f3n de tareas presume la existencia de un contrato de trabajo, para contratos de obras, servicios profesionales y oficios, siempre que se emita factura.<\/li>\n<li>Se limita la responsabilidad de empresa usuaria en las tercerizaciones.<\/li>\n<li>Se cambia la manera de cumplir con la entrega de los certificados de trabajo.<\/li>\n<li>Se extiende el periodo de prueba a 8 meses.<\/li>\n<li>Se permite pagar el salario en cuentas del estilo mercado<\/li>\n<li>Se permite retener el pago de cuotas al sindicato solo si est\u00e1n autorizadas por el trabajador.<\/li>\n<li>Se modifica los contenidos de los recibos de haberes, incluyendo en los mismos las contribuciones que paga el empleador y se introduce la posibilidad de realizar recibos de sueldo electr\u00f3nicos (ya estaba habilitado por otra norma pero no integrado a la LCT).<\/li>\n<li>Permite a la mujer embarazada trabajar hasta 10 d\u00edas antes del parto, y otorga estabilidad absoluta a las mismas.<\/li>\n<li>Se modifica el r\u00e9gimen de jornada, habilitando que por negociaci\u00f3n colectiva se establezcan reg\u00edmenes diferenciados adecuados a las modalidades de producci\u00f3n y condiciones propias de cada actividad. Se habilita en este nuevo r\u00e9gimen la negociaci\u00f3n colectiva para regular el r\u00e9gimen de horas extras, un banco de horas y francos compensatorios. En definitiva a lo que tiende es a la creaci\u00f3n de banco de horas y la realizaci\u00f3n de horas extra no remuneradas.\n<ol style=\"list-style-type: lower-alpha;\">\n<li>Establece como injuria grave que justifica el despido con causa los bloqueos o tomas de establecimiento. Se establece que se presume que hay bloqueo o toma cuando:\u00a0a.- Se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos,\u00a0intimidaciones o amenazas;<\/li>\n<li>Se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y\/o cosas al establecimiento;<\/li>\n<li>Se ocasionen da\u00f1os en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercader\u00edas, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o se las retenga indebidamente.<br \/>Para proceder al despido la empleadora debe previamente intimar al trabajador para que cese en su conducta, salvo en el punto c.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>Respecto del r\u00e9gimen de la indemnizaci\u00f3n por antig\u00fcedad (art. 245 LCT), se aclara que no incluye la incidencia del aguinaldo, en caso de remuneraciones variables se promedian las de los \u00faltimos 6 meses o ultimo a\u00f1o, de acuerdo al beneficio del trabajador. Respecto al tope indemnizatorio, se excluye del mismo el adicional por antig\u00fcedad, y se ratifica lo resuelto por la CSJN en el fallo Vizzotti, por cuanto la aplicaci\u00f3n del tope convencional no puede suponer una reducci\u00f3n mayor al 33% en la base de c\u00e1lculo.<\/li>\n<li>Por otra parte permite a los sindicatos pactar mediante convenio colectivo la implementaci\u00f3n de un fondo de cese laboral, que reemplace la indemnizaci\u00f3n, con una contribuci\u00f3n patronal m\u00e1xima del 8% del salario mensual.<\/li>\n<li>Asimismo, permite a los empleadores contratar sistemas de capitalizaci\u00f3n para financiar las indemnizaciones o desvinculaciones por mutuo acuerdo.<\/li>\n<li>Se mantiene la ultractividad de los Convenios Colectivos de Trabajo en relaci\u00f3n a las cl\u00e1usulas que regula condiciones de trabajo. En relaci\u00f3n al resto de las cl\u00e1usulas (obligacionales) podr\u00e1n mantener su vigencia, solo por acuerdo de partes o por la espec\u00edfica pr\u00f3rroga dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional.<\/li>\n<li>Las asambleas o congresos solo podr\u00e1n ser convocadas sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros.\u201dEst\u00e1 prohibido y se considera falta grave afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; Provocar el bloqueo o tomar un establecimiento; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y\/o cosas al establecimiento; Ocasionar da\u00f1os en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercader\u00edas, insumos y materias primas, herramientas, ) o retenerlas indebidamente.<\/li>\n<li>La autoridad de aplicaci\u00f3n, previa verificaci\u00f3n de tales hechos, podr\u00e1 sancionar al sindicato, sin perjuicio de las demandas civiles o penales que se pudieran hacer.<\/li>\n<li>En relaciones trasnacionales de teletrabajo, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la normativa del pa\u00eds donde el trabajador ejecute sus tarea.Las personas humanas y las pymes pueden pagar las sentencias judiciales en 12 cuotas mensuales, m\u00e1s los intereses correspondientes, con una actualizaci\u00f3n conforme IPC m\u00e1s tasa de inter\u00e9s del 3% anual.Se establece como tasa m\u00e1xima de actualizaci\u00f3n de cr\u00e9ditos laborales el \u00cdndice de Precios al Consumidor m\u00e1s un 3% anual.<\/li>\n<li>La reversibilidad del teletrabajo puede ser operativa con acuerdo de partes, siempre que exista lugar f\u00edsico para que el trabajador pueda prestar sus tareas.<\/li>\n<li>Se modifica el r\u00e9gimen de teletrabajo y los trabajadores con personas a cargo, deber\u00e1n pactar con su empleador una jornada acorde a tal cuidado, siempre que no afecte los requerimientos de su trabajo, permitiendo la compensaci\u00f3n de trabajo cuando debiera encargarse de las tareas de cuidado en horario laboral. Asimismo, en caso que la empleadora abone una compensaci\u00f3n por tareas de cuidado no subsistir\u00e1n tales derechos.<\/li>\n<li>En caso de un reingreso del trabajador, una eventual deducci\u00f3n de las indemnizaciones se har\u00e1 con una actualizaci\u00f3n conforme el \u00cdndice de Precios al Consumidor con m\u00e1s un inter\u00e9s del 3% anual.<\/li>\n<li>Se establece que en despidos que se denuncien motivados por por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de g\u00e9nero, orientaci\u00f3n sexual, religi\u00f3n, ideolog\u00eda, u opini\u00f3n pol\u00edtica o gremial, se encontrar\u00e1 en cabeza del trabajador acreditar la acci\u00f3n discriminatoria, y en caso de acreditarse, la sanci\u00f3n ser\u00e1 una indemnizaci\u00f3n del 50% a la correspondiente a la indemnizaci\u00f3n por antig\u00fcedad, pudiendo elevarse hasta el 100% seg\u00fan la gravedad. Establece que el despido no es nulo, por lo que no puede solicitarse la reinstalaci\u00f3n del trabajador.\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"images\/2023\/diciembre\/quimicos_petroquimicos.jpg\" alt=\"\" width=\"1066\" height=\"626\" \/><\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p>Se limita el derecho a huelga ampliado el r\u00e9gimen de servicios esenciales y creando una nueva categor\u00eda de servicios denominados de importancia trascendental.\u00a0<span>En los servicios esenciales la prestaci\u00f3n del servicio no podr\u00e1 tener una cobertura menor al 75% de su prestaci\u00f3n normal, mientras que entre los servicios trascendentales la cobertura de la prestaci\u00f3n no podr\u00e1 ser menor al 50%.<\/span><\/p>\n<p><span>Se consideran servicios esenciales los siguientes:<\/span><\/p>\n<p><span><\/span><span>Los servicios sanitarios y hospitalarios, as\u00ed como el transporte y distribuci\u00f3n de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmac\u00e9uticos; La producci\u00f3n, transporte y distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de agua potable, gas y otros combustibles y energ\u00eda el\u00e9ctrica; Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales; La aeron\u00e1utica comercial y el control de tr\u00e1fico a\u00e9reo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba y remolque de buques; servicios aduaneros y migratorios, y dem\u00e1s vinculados al comercio exterior; y cuidado de menores y educaci\u00f3n de niveles guarder\u00eda, preescolar, primario y secundario, as\u00ed como la educaci\u00f3n especial.<\/span><\/p>\n<p><span>Se consideran servicios trascendentales, los siguientes:<\/span><\/p>\n<ol style=\"list-style-type: lower-alpha;\">\n<li>Producci\u00f3n de medicamentos y\/o insumos hospitalarios;<\/li>\n<li>Transporte mar\u00edtimo, fluvial, terrestre y subterr\u00e1neo de personas y\/o mercader\u00edas a trav\u00e9s de los distintos <span>medios que se utilicen para tal fin;<\/span><\/li>\n<li>Servicios de radio y televisi\u00f3n;<\/li>\n<li>Actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producci\u00f3n de aluminio, actividad qu\u00edmica y la actividad cementera;<\/li>\n<li>Industria alimenticia en toda su cadena de valor;<\/li>\n<li>La producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de materiales de la construcci\u00f3n, servicios de reparaci\u00f3n de aeronaves y buques, <span>todos los servicios portuarios y aeroportuarios, servicios log\u00edsticos, actividad minera, actividad frigor\u00edfica, correos, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;<\/span><\/li>\n<li>Los servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastron\u00f3micos y el comercio electr\u00f3nico; y<\/li>\n<li>La producci\u00f3n de bienes y\/o servicios de toda actividad, que estuvieran afectados a compromisos de exportaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><span>Tambi\u00e9n existir\u00e1 una comisi\u00f3n de garant\u00edas que podr\u00e1, mediante resoluci\u00f3n fundada, calificar como servicio esencial o servicio de importancia trascendental una actividad no incluida en las enumeraciones precedentes, cuando se diere alguna circunstancia en particular, sobre las siguientes cuestiones:<\/span><\/p>\n<ol style=\"list-style-type: lower-alpha;\">\n<li>La extensi\u00f3n y duraci\u00f3n de la interrupci\u00f3n de la actividad de que se tratare pudiere poner en peligro la vida, la <span>salud o la seguridad de la persona en toda o parte de la comunidad;<\/span><\/li>\n<li>La actividad afectada constituyere un servicio p\u00fablico de importancia trascendental o de utilidad p\u00fablica;<\/li>\n<li>La interrupci\u00f3n o suspensi\u00f3n del servicio pudiere provocar una situaci\u00f3n de crisis nacional aguda que hiciere <span>peligrar las condiciones normales o de existencia de parte de la poblaci\u00f3n; y<\/span><\/li>\n<li>la interrupci\u00f3n o suspensi\u00f3n de la producci\u00f3n pudiere poner en peligro el adecuado abastecimiento de <span>productos cr\u00edticos para la poblaci\u00f3n y\/o afectar metas de recaudaci\u00f3n asociadas a las pol\u00edticas de equilibrio fiscal.<\/span><span><\/span><\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>Se modifica el sistema de bolsa de trabajo agrario, asegurando la libertad de contrataci\u00f3n y despidos por parte de los empleadores de manera arbitraria.<\/li>\n<li>Se deroga el estatuto del viajante de comercio.<span><\/span><\/li>\n<li>Se crea la tarea del trabajador independiente, que a su vez, puede tener a su cargo otros cinco trabajadores independientes, sin que exista relaci\u00f3n de dependencia.<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Calle\u00a0Angosta tuvo acceso a un pormenorizado an\u00e1lisis realizado por profesionales del derecho laboral encargado por la Federaci\u00f3n de Sindicatos de Trabajadores de la Industria Qu\u00edmica y Petroqu\u00edmica de la Rep\u00fablica Argentina (FESTIQyPRA).\u00a0Los especialistas desmenuzaron el regresivo texto de presidencia y explicitan las consecuencias que\u00a0traer\u00eda la aplicaci\u00f3n y en el que no se vislumbran beneficios concretos &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[6],"tags":[],"class_list":["post-2846","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-calle-angosta"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2846","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2846"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2846\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6620,"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2846\/revisions\/6620"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2846"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2846"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/calleangosta.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2846"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}