Viernes, 29 Noviembre 2024

La provincia de San Luis se encuentra sumida en la indignación y la bronca ante una serie de despidos masivos en Vialidad Provincial. En apenas dos semanas, alrededor de cuarenta trabajadores han sido cesanteados, dejando a numerosas familias sin sustento y generando un clima de incertidumbre y malestar generalizado.

Según testimonios de los afectados, la notificación de los despidos llegó de manera abrupta y sin previo aviso el mismo día en que se presentaron a trabajar. Muchos de los empleados afectados contaban con años de antigüedad en la institución y se vieron sorprendidos por la falta de explicaciones sobre las causas de sus cesantías.

El malestar entre los trabajadores se agrava aún más debido a la falta de tareas asignadas desde el cambio de gestión, lo que ha llevado a una sensación de abandono y maltrato por parte de las autoridades. Se reportan casos de empleados que pasaron semanas sin actividades laborales, siendo relegados al patio de la institución sin una razón aparente.

La situación ha despertado críticas hacia la gestión del gobierno provincial, acusado de actuar con soberbia y falta de consideración hacia los derechos laborales de sus empleados. Muchos de los afectados exigen respuestas y solicitan que se reviertan los despidos, ya que, según afirman, cumplían con sus funciones de manera responsable y dedicada.

La ola de despidos en Vialidad Provincial ha generado un clima de tensión y preocupación en la provincia, resaltando la importancia de garantizar la estabilidad laboral y el respeto por los derechos de los trabajadores en todo momento.

Publicado el Domingo, 18 Febrero 2024 15:48 Escrito por

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) emitió esta mañana una alerta de nivel naranja por tormentas fuertes para la provincia de Salta, en tanto que rigen alertas amarillas por tormentas para las provincias de Jujuy, Tucumán y Catamarca.

En el centro de la provincia Salta rige una alerta de nivel "naranja" por tormentas fuertes pronosticada para esta noche, indicó el organismo meteorológico.

Esta área será afectada por tormentas, algunas localmente fuertes o severas. Las mismas estarán acompañadas por importante actividad eléctrica, ocasional caída de granizo, intensas ráfagas y principalmente abundante caída de agua en cortos períodos.

A su vez, se prevén valores de precipitación acumulada entre 60 y 80 mm, pudiendo ser superados en forma puntual.

En este caso, el SMN recomendó permanecer en construcciones cerradas como casas, escuelas o edificios, mantenerse alejado de artefactos eléctricos y evitar el uso de teléfonos con cable, y si hay riesgo de que el agua ingrese en una casa, cortar el suministro eléctrico.

En caso de viaje, indicó quedarse en el interior del vehículo y evitar circular por calles inundadas o afectadas.

En tanto, la alerta de nivel "amarillo" afecta a la totalidad de las provincias de Jujuy y Tucumán, el centro de Catamarca y el centro-oeste de Salta.

El área será afectada por tormentas, algunas localmente fuertes, que podrían estar acompañadas por ráfagas intensas, ocasional caída de granizo, fuerte actividad eléctrica y principalmente abundante caída de agua en cortos períodos.

En esa región se prevén valores de precipitación acumulada entre 20 y 50 mm, pudiendo ser superados en forma puntual.

Publicado el Domingo, 18 Febrero 2024 15:45 Escrito por

El Gobierno nacional se presentó ante la Corte Suprema de Justicia para intentar revertir, mediante un recurso extraordinario, el fallo que declaró inconstitucional y suspendió la aplicación del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23, informaron fuentes judiciales.

La presentación hecha por la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), el equipo de abogados que representa al Estado nacional a cargo de Rodolfo Barra, incluye críticas a la justicia laboral y la Confederación General del Trabajo (CGT), cuya representación cuestiona.

"No surge de la sentencia recurrida, ni de las constancias de la causa, argumento alguno sustentado en prueba, que indique de qué manera la vigencia del DNU restringe o menoscaba los derechos en materia de libertad sindical que ostenta la actora", sostuvieron los abogados de la PTN en el escrito al que accedió Télam.

Al respecto, los letrados opinaron que "tampoco se explica de qué manera la vigencia del DNU afecta los derechos de los trabajadores que la actora dice representar".

El énfasis de las resoluciones judiciales que suspendieron la aplicación del capítulo laboral del DNU estaba puesto, sin embargo, en la injustificada invocación de las condiciones de "necesidad y urgencia" a las que recurrió el Ejecutivo para no pasar la mentada reforma por el Congreso de la Nación.

"El texto del artículo 99 de la Constitución Nacional es elocuente, y las palabras escogidas en su redacción no dejan lugar a dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad", habían remarcado los jueces de la Cámara Federal del Trabajo cuando dejaron sin efecto el capítulo 4 del DNU.

En su escrito de casi 40 páginas, los abogados de la PTN también cuestionaron los criterios que utilizó de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral.

"Corresponde señalar que el Tribunal a quo toma un elevado e injustificado piso de ponderación respecto a la necesidad y urgencia que habilita al PEN a emitir un

DNU. Tenga presente que la norma emitida y el proyecto de ley enviado pretenden modificar el marco regulatorio actual y el rol que debe tener el Estado", sostuvieron los representantes legales del Estado nacional.

Y agregaron: "A modo de ejemplo, por un lado, se cuestiona al Estado y a las autoridades políticas por los altos índices de desempleo y trabajo informal y, por otro lado, cuando se toman medidas a fin de resolver estos problemas sociales, las mismas son suspendidas y anuladas por el Poder Judicial por requerimiento de un grupo político y de poder, como es la CGT -disfrazándose de un sector vulnerable, en el marco de procesos judiciales que no responden a un caso o causa", dispararon.

Acerca de si el DNU contempla normativas cuya implementación requieren un carácter de urgencia, la presentación de la Procuración indicó que "la excepcionalidad, que no es emergencia" es "un concepto de valoración meramente política y no jurídica" como ocurre con otros como los de “seguridad de fronteras”, “conmoción interior” y “justicia social”, entre otros citados.

A criterio de la representación legal del Estado, estos conceptos son "ajenos" para "la práctica constitucional y la propia jurisprudencia de la Corte Suprema. La valoración política de la emisión del DNU corresponde exclusivamente el Poder Legislativo", sostuvo,

La Cámara Nacional del Trabajo declaró el 30 de enero último la inconstitucionalidad de todos los artículos del capítulo laboral contenido en el Título IV del DNU 70/2023 del Gobierno con motivo de una presentación realizada por la CGT.

El tribunal sostuvo que las reformas en materia laboral incluidas en el DNU hecho público por el presidente Javier Milei el 10 de diciembre pasado era contrario al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

La norma establece que el Ejecutivo nacional "participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar", pero que "no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo".

La CGT se movilizó el 27 de diciembre pasado a los Tribunales para reclamar que la Justicia declarara la inconstitucionalidad del DNU que Milei había anunciado a la población una semana antes por cadena nacional.

El 24 de enero último, la central obrera llevó adelante un paro nacional por 12 horas de extensión y una manifestación esta vez frente al Congreso para sostener el reclamo y rechazar las medidas económicas del Gobierno nacional.

Algunas de las modificaciones en materia laboral establecidas en el DNU que firmó el presidente Milei son la ampliación del periodo de prueba hasta los 8 meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.

Publicado el Domingo, 18 Febrero 2024 15:42 Escrito por

El presidente Javier Milei responsabilizó a "la verdadera herencia del modelo de la casta" por la pobreza en la Argentina, que alcanzó el 57,4% según un estudio publicado por el Observatorio Social de la Universidad Católica Argentina (UCA).

El mandatario se hizo eco de esta forma del informe dado a conocer el sábado y, alrededor de las 22 de anoche, en un posteo en la red social X, sostuvo: "La verdadera herencia del modelo de la casta: 6 de cada 10 argentinos son pobres. La destrucción de los últimos cien años no tiene paragón en la historia de Occidente".

"Los políticos tienen que entender que la gente votó un cambio y que nosotros vamos a dar la vida para llevarlo adelante", advirtió Milei.

El mensaje fue acompañado por un reposteo de un artículo periodístico titulado "La pobreza en la Argentina ascendió al 57,4% en enero del 2024" .

Finalmente, el Presidente cerró: "No vinimos a jugar al juego mediocre de la política. Vinimos a cambiar el país. VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!".

Sobre el mismo tema, el subsecretario de Prensa de Nación, Javier Lanari, cuestionó hoy al gobierno del expresidente Alberto Fernández: "Devaluaron más del 1300%. Generaron 1000% de inflación. Emitieron 20 puntos del producto (bruto interno). Nos endeudaron por u$s 111.000 millones. Y dejaron el (Banco) Central en rojo por u$s 10.000 millones".

Al finalizar su mensaje, el funcionario envió un mensaje irónico a la oposición:"¿De verdad ahora los conmueve el 57% de pobres?".

El estudio publicado por el Observatorio Social de la UCA indicó que la pobreza alcanzó en enero al 57,4% de los argentinos (unas 27 millones de personas), mientras que la indigencia abarcó en el mismo mes al 15% de los argentinos (unas 7 millones de personas).

Ambas estadísticas representaron, según el documento, un crecimiento en comparación con las cifras de indigencia y pobreza relevadas por la UCA en diciembre de 2023, que se encontraban en 14% y 49%, respectivamente.

Publicado el Domingo, 18 Febrero 2024 15:38 Escrito por
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