Universidades solicitan al gobierno la transferencia de fondos tras apelar la suspensión de la ley de financiamiento educativo

El Juez de Primera Instancia Martín Cormick ha tomado una importante decisión respecto a la Ley de Financiamiento Universitario, favorable al gobierno nacional, al suspender la ejecución de una medida cautelar que exigía el cumplimiento del financiamiento para las universidades. Esta suspensión permanecerá vigente hasta que la Corte Suprema se pronuncie sobre la apelación presentada por el Gobierno.
Los rectores del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que agrupa a 60 universidades nacionales, han expresado su sorpresa por la resolución del juez. Consideran que la medida afecta directamente a los presupuestos y salarios de las instituciones educativas.
La decisión del magistrado permite al Gobierno evitar, provisionalmente, la obligación de transferir los fondos necesarios para los presupuestos y salarios de las universidades, situación que se había generado a raíz de la falta de cumplimiento del financiamiento exigido por la ley.
En un documento firmado por Franco Bartolacci, presidente del CIN, se informó la apelación contra la decisión de Cormick. En este se afirma que la cautelar que se había dictado originalmente había sido confirmada por la Cámara de Apelaciones de la Nación.
En su apelación, los rectores mencionan que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) no ha dado cumplimiento a lo ordenado, lo cual motivó el inicio de la ejecución. En este sentido, se solicitó que se intime al PEN a cumplir de inmediato la medida bajo apercibimiento de multas diarias y que se remita el caso a la justicia penal por posible desobediencia.
La suspensión de la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario postergará la actualización salarial de los docentes y no docentes y el aumento de montos para becas, instaurando así una incertidumbre sobre el futuro financiero de las universidades públicas.
El pasado 31 de marzo, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había autorizado la medida cautelar que solicitaba la implementación inmediata de los artículos 5 y 6 de la ley, que planteaban ajustes salariales sujetos a la inflación desde mediados de año. Sin embargo, el juez Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal II, decidió frenar la ejecución de esta resolución.
Los rectores argumentan que la decisión carece de fundamentos jurídicos sólidos y que cualquier suspensión debe ser gestionada por la Corte en la instancia correspondiente, no por un juez de primera instancia. Resaltan que la disposición del juez no se encuentra acorde a las normativas aplicables, lo que justifica su apelación.
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